Preguntaría a los «pescadores»:
¿Qué son las «tasas de reposición y de sustitución»? ¿Podrían ser tabuladas con partidas provisionales, no presupuestadas y acomodaticias? ¿Tendrían que acreditar sus gestores rigor, competencia y garantía de interregno? ¡Es canallesca la manida componenda de «el que venda detrás que arree»!
#doctorpoeta, como si lo estuviera temiendo.